RENOINN: ayuda para agrivoltaica y almacenamiento
Ayudas para entidades jurídicas públicas y privadas que instalen paneles solares y almacenamiento en terrenos agrícolas de España, manteniendo la agricultura como uso principal.
El programa 1 de RENOINN financia la generación solar combinada con la agricultura en el mismo terreno. Los paneles pueden alternarse con las filas de cultivo o situarse sobre los cultivos, con una altura libre de 2 a 4 metros o superior a 4 metros. Las instalaciones pueden destinarse a autoconsumo o venta de electricidad, conectarse a la red o funcionar aisladas.
La ayuda se calcula mediante importes por unidad de generación y almacenamiento instalada, en lugar de un porcentaje único de la factura del proyecto. Para una potencia total superior a 100 y hasta 1.000 kWp, los máximos de generación son 800 €/kWp para paneles intercalados con el cultivo, 950 €/kWp para estructuras de 2 a 4 metros sobre el cultivo y 1.100 €/kWp para estructuras más altas. Por encima de 1.000 kWp, los máximos respectivos son 600, 750 y 900 €/kWp. Los kWp representan la potencia pico nominal de los paneles. En una solicitud con proyectos agrupados, se utiliza la potencia conjunta para determinar el máximo.
Solicitas un importe de generación que no supere el máximo aplicable. Este importe se multiplica por los kWp instalados y se añade la aportación por almacenamiento. Estos importes de almacenamiento solo se aplican al almacenamiento electroquímico admisible, como las baterías. Los módulos máximos de almacenamiento son 170 €/kWh hasta 10 kWh, 150 €/kWh por encima de 10 y hasta 100 kWh, 100 €/kWh por encima de 100 y hasta 5.000 kWh, y 40 €/kWh por encima de 5.000 kWh. La ayuda no puede superar el gasto subvencionable ni 30 millones de euros por empresa y proyecto de inversión. El pago definitivo se realiza tras verificar la ejecución y los costes elegibles.
Requisitos
- Debes ser una persona jurídica pública o privada legalmente constituida e inscrita en el registro correspondiente. Las agrupaciones de estas entidades pueden solicitar la ayuda sin personalidad jurídica propia. La Administración General del Estado queda excluida. Debes cumplir los requisitos legales para recibir subvenciones, estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y cumplir los plazos de pago comerciales que te correspondan. Quedan excluidas las empresas en crisis según las normas europeas de ayudas de Estado, los solicitantes con condenas firmes por los delitos medioambientales previstos en los cinco años anteriores y los sancionados de forma firme por infracciones medioambientales muy graves en los tres años anteriores.
- El proyecto debe ejecutarse en España. Las empresas extranjeras pueden solicitar la ayuda cumpliendo las mismas reglas, incluida la identificación fiscal española y los requisitos aplicables de inscripción en el censo de la AEAT. También pueden solicitarla personas jurídicas españolas con accionistas extranjeros.
- Utiliza terrenos originalmente destinados a uso agrícola, manteniendo la agricultura como actividad principal. No es obligatorio tener un cultivo en explotación al solicitar la ayuda, pero el terreno debe ser rústico de uso agrícola y debes acreditar ese uso y un acuerdo vinculante para la actividad agrícola. Una zona exclusivamente solar junto a otra exclusivamente agrícola no cumple la definición. Si el promotor no realiza la actividad agrícola, necesita un acuerdo vinculante con el agricultor que defina su compatibilidad con la generación.
- Una instalación individual debe superar 200 kWp. También puedes agrupar instalaciones individuales de más de 15 kWp que sumen al menos 200 kW. Deben tener el mismo beneficiario, presentarse al mismo subprograma y cumplir cada una los requisitos técnicos.
- La potencia nominal conjunta de los inversores, que convierten la electricidad de los paneles para su uso, no debe superar la potencia pico de los paneles.
- La proyección de los paneles sobre el terreno debe ser inferior al 40% de la superficie total del proyecto. Puede flexibilizarse hasta el 80% para paneles sobre el cultivo con una transparencia mínima del 25%. Las estructuras, el almacenamiento, las casetas de transformadores y los caminos no pueden quitar más del 10% de la superficie al cultivo, y deben permitir las labores agrícolas.
- Incluye al menos 0,5 kWh de almacenamiento por kW de generación. Puedes instalar más de 5 kWh/kW, pero el exceso no recibe ayuda. El almacenamiento de plomo-ácido queda excluido. Se exige una garantía mínima de cinco años con al menos el 70% de capacidad de carga y descarga, y soporte técnico en la UE. El almacenamiento también debe cumplir las normas europeas de protección de datos y ciberseguridad. Al menos el 75% de la energía anual del almacenamiento debe proceder de generación renovable directamente conectada.
- Registra la solicitud antes de iniciar el proyecto. Se considera inicio la publicación de la licitación pública o el primer compromiso firme de una entidad privada para adquirir equipos que haga irreversible la inversión. Los trabajos preparatorios para permisos y estudios de viabilidad pueden realizarse antes.
- Respeta el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente, denominado DNSH. Debes cumplir las evaluaciones ambientales aplicables y preparar al menos el 70% en peso de los residuos no peligrosos de construcción y demolición para reutilización, reciclaje u otra recuperación de materiales. Se excluye del cálculo el material natural de la categoría de residuos 17 05 04. Las demoliciones financiadas deben realizarse de forma selectiva.
- Puedes combinar otras ayudas públicas nacionales dentro del coste del proyecto y de los límites de ayudas de Estado. No puedes combinar ayudas de la UE para la misma finalidad. Comunica inmediatamente al IDAE las otras ayudas solicitadas o concedidas, y siempre antes de justificar los fondos. Mantén los bienes en su uso subvencionado y la actividad agrícola durante al menos cinco años desde el plazo de realización del proyecto.
Cómo solicitarla
- Estado
- cerrada
- Abre
- Cierra
- Condiciones de la convocatoria
- Segunda convocatoria cerrada; las condiciones descritas se refieren a esta convocatoria.
La segunda convocatoria está cerrada y el IDAE publicó la resolución definitiva el 28 de julio de 2026. Consulta la página oficial del programa para seguirlo y acceder a su sede electrónica. Las solicitudes de esa convocatoria se presentaban mediante los formularios del IDAE, con firma electrónica de una persona con representación suficiente. La concesión era competitiva.
Para participar en la segunda convocatoria se exigía normalmente un aval o seguro de caución depositado en la Caja General de Depósitos por 20.000 €/MW de potencia pico de generación, sin contar el almacenamiento. Están exentas las administraciones públicas y sus organismos dependientes, las sociedades mercantiles estatales y fundaciones del sector público estatal y sus equivalentes autonómicos y locales; las ayudas inferiores a 3.000 euros con la excepción legal correspondiente; las entidades exentas por ley; y las entidades sin ánimo de lucro que desarrollen acción social o cooperación internacional, junto con sus federaciones, confederaciones o agrupaciones. También están exentas de las garantías de participación las entidades sin personalidad jurídica. Un anticipo requiere garantía por su importe más los intereses legales.
Presenta la memoria técnica firmada y, si el promotor no desarrolla la actividad agrícola, el acuerdo vinculante con el agricultor. Se aplican las normas de contratación pública cuando corresponda. Los demás beneficiarios deben disponer de al menos tres ofertas antes de contratar conforme al artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones, con sus excepciones limitadas por falta de proveedores suficientes o gastos admisibles ya realizados antes de la subvención.
Los proyectos de la segunda convocatoria deben ejecutarse como máximo el 30 de junio de 2030. Debes justificarlos en los tres meses siguientes al vencimiento del plazo de ejecución concedido. Para dar por finalizada la instalación, se exige el certificado eléctrico correspondiente y, cuando sea obligatorio, el justificante de registro de la solicitud de autorización de explotación o del acta de puesta en servicio ante el organismo competente.
Informa cada seis meses de los datos operativos, gastos y avance del proyecto. Para agrivoltaica, remite al IDAE una memoria anual sobre la explotación agrícola, los rendimientos y los impactos de combinar agricultura y generación solar durante cinco años. Conserva los documentos originales para las comprobaciones. Comunica inmediatamente los cambios en las condiciones declaradas y solicita cualquier modificación de la concesión antes de que finalice el plazo de ejecución. No comunicar los cambios puede causar la pérdida o el reintegro de la ayuda.