Bonificación del IBI por instalaciones solares
Los contribuyentes del IBI con instalaciones solares térmicas o eléctricas para autoconsumo en Zaragoza pueden reducir su impuesto anual, con límites ligados al coste de la instalación.
La bonificación es del 50% de la cuota íntegra del IBI. El período original de disfrute comprende los cinco períodos impositivos siguientes al año de finalización de la instalación solar.
La bonificación de cada año no puede superar el 20% del coste de ejecución material correspondiente exclusivamente a la instalación solar térmica o eléctrica. En pisos o locales de edificios en régimen de propiedad horizontal, el límite es el 20% del coste admisible de la instalación repercutido a cada propietario.
Solicítala una vez cumplidos los requisitos y antes de terminar esos cinco períodos. Sus efectos comienzan en el período impositivo siguiente al de la solicitud, solo por los años que queden del período original. Una solicitud presentada en 2026 puede surtir efecto desde 2027 únicamente si quedan años de disfrute: no inicia otros cinco años ni tiene efectos retroactivos.
Mientras disfrutes de esta bonificación no se puede conceder otra por sistemas solares. Una vez terminado el período, una nueva bonificación exige una nueva inversión igual o superior a la suma de las inversiones anteriores.
Requisitos
- El inmueble debe tributar por el IBI de Zaragoza y tener instalada energía solar térmica o eléctrica para autoconsumo.
- Debes ser el contribuyente del IBI. Pueden serlo las personas físicas, las personas jurídicas y las entidades reconocidas como contribuyentes por el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria que sean titulares del derecho gravado. Los derechos se consideran en este orden: concesión administrativa sobre el inmueble o su servicio público; derecho de superficie; usufructo, que permite usar el inmueble y disfrutar de sus rendimientos; y propiedad. El derecho que corresponda primero en ese orden determina quién tributa por el IBI.
- Quedan excluidas las instalaciones solares obligatorias según la normativa aplicable. Las instalaciones solares térmicas deben incluir colectores homologados por la Administración competente.
- Debes disponer del título habilitante urbanístico correspondiente y haber pagado la autoliquidación de las tasas urbanísticas y del ICIO, el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras. Si las obras se tramitan mediante declaración responsable o comunicación previa, también necesitas la resolución en la que el Gerente de Urbanismo queda enterado de las obras.
- Debes estar al corriente de pago de todas las exacciones municipales tanto al solicitar como en cada devengo del impuesto. Debes domiciliar el pago de los recibos del IBI.
En pisos y locales de edificios en propiedad horizontal, una instalación compartida que abastece a todos o algunos de ellos exige una solicitud colectiva. Si la instalación es privativa y abastece exclusivamente a un piso o local, la solicitud es individual. Ambas vías exigen el acta de la comunidad de propietarios que autorice las obras.
Cómo solicitarla
- Estado
- Abierto continuamente
- Condiciones de la convocatoria
- Solicita una vez cumplidos todos los requisitos y antes de terminar los cinco períodos impositivos originales siguientes a la finalización de la instalación. Los efectos empiezan al período siguiente solo por los años restantes; solicitar en el último año puede dejar sin beneficio.
Presenta la “Solicitud de bonificaciones” en el portal tributario del Ayuntamiento de Zaragoza. Las personas físicas también pueden acudir a la Oficina de Gestión Tributaria, Vía Hispanidad 20, 50071 Zaragoza, de lunes a viernes de 08:00 a 14:00; la solicitud de turno para atención presencial debe hacerse antes de las 13:15.
Aporta el título habilitante urbanístico y, cuando corresponda, la resolución del Gerente de Urbanismo; las autoliquidaciones de las tasas urbanísticas y del ICIO con justificantes de pago; y las facturas de la instalación con sus justificantes de pago. La ordenanza también enumera el certificado de instalación eléctrica C-0004 diligenciado. Para paneles solares térmicos, presenta la homologación o las fichas técnicas de los componentes con certificación de cumplimiento de la normativa vigente. Debes aportar más documentación de cumplimiento si la requieren los servicios municipales.
La solicitud colectiva debe incluir la relación de inmuebles participantes, sus referencias catastrales, las cantidades repercutidas a cada uno y el acta de la comunidad que autorice los trabajos. Acredita la representación de cada propietario representado: ser presidente o administrador de la comunidad no basta. Para una instalación privativa de un solo piso o local, adjunta el acta de la comunidad que autorice esa instalación.
Solicita cuando hayas cumplido los requisitos y antes de que terminen los cinco períodos originales. Presentar en el último año puede dejarte sin años futuros de beneficio, porque los efectos empiezan al año siguiente y no amplían el período original.