Bonificación del IBI por paneles solares fotovoltaicos

Ajuntament de GironaEspaña

Los propietarios de viviendas en Girona pueden reducir su IBI anual un 50% tras instalar paneles solares elegibles para autoconsumo, hasta 329,10 € por vivienda y año.

La bonificación cubre los paneles fotovoltaicos que producen electricidad para consumirla en la vivienda, incluidas las instalaciones comunitarias que abastecen a varias viviendas. Reduce el IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles), el impuesto municipal sobre la propiedad inmobiliaria.

El ahorro es el 50% de la cuota íntegra del IBI, con un máximo de 329,10 € al año por vivienda. La cuota íntegra es el impuesto antes de esta bonificación: la base liquidable multiplicada por el tipo de gravamen aplicable. La base liquidable es el valor catastral de la vivienda (su valor oficial a efectos fiscales), tras las reducciones legales que correspondan. Por ejemplo, una cuota íntegra de 500 € da una bonificación de 250 €; una cuota de 900 € alcanza el límite anual de 329,10 €. Son cálculos de la reducción del impuesto, no un reembolso del coste de instalación.

El derecho abarca los cinco años siguientes a la instalación. Debes acreditar la fecha de finalización. Presentar la solicitud más tarde no inicia un nuevo período de cinco años.

Requisitos

  • Debes ser propietario de la vivienda donde se instalan los paneles, en el municipio de Girona. Quien solicita la bonificación debe ser el sujeto pasivo del IBI, es decir, el contribuyente al que corresponde este impuesto.
  • La instalación debe ser voluntaria: no se admiten las que ya sean obligatorias por la normativa vigente. Debe cumplir las normas urbanísticas del Plan General y contar, cuando corresponda, con el título administrativo que autorice la construcción, obra o instalación.
  • Un instalador acreditado debe aportar un certificado técnico que demuestre que la electricidad producida para autoconsumo representa al menos el 30% del gasto energético anual de la vivienda. El autoconsumo es la electricidad generada para usarla en la propia vivienda. En una instalación comunitaria, el certificado debe tener en cuenta el gasto energético anual de todas las viviendas abastecidas, no solo el de una.
  • Esta bonificación no se puede combinar con las demás bonificaciones de la ordenanza del IBI ni con cualquier otra bonificación prevista en la normativa vigente.
  • No debes tener deudas pendientes de ningún tipo con el Ayuntamiento cuya liquidación sea firme y que estén en período ejecutivo de cobro, tras finalizar el plazo de pago voluntario.
  • Si eres contribuyente no residente en España, debes designar un representante con domicilio en España.

Cómo solicitarla

Estado
Abierto continuamente
Condiciones de la convocatoria
  • La bonificación se limita a los cinco años siguientes a la instalación; solicitarla más tarde no reinicia ese plazo.[^c1]
  • Para el recibo anual ordinario del IBI, la bonificación normalmente comienza en el ejercicio siguiente al de la solicitud.[^c3]

Solicita la bonificación al Ajuntament de Girona a través de la Oficina Virtual Tributària (OVT), o pide una cita presencial en la página municipal de cita previa. Adjunta la documentación que acredite tu derecho, incluido el certificado del instalador acreditado y la fecha de finalización de la instalación. Indica las circunstancias que justifican la bonificación. Se recomienda pedir cita; las tramitaciones sin cita son limitadas.

Para el recibo anual ordinario del IBI, la bonificación normalmente surte efecto a partir del ejercicio siguiente al de la solicitud, si se cumplen los requisitos. En una liquidación de alta (la primera liquidación antes de incorporarse al padrón anual) o una autoliquidación (cuando calculas y declaras el impuesto tú mismo), puede surtir efecto en el mismo ejercicio si se solicita dentro del plazo de pago voluntario indicado para el impuesto. Esto no amplía los cinco años siguientes a la instalación.

Fuentes oficiales