Bonificación por autoconsumo renovable en la Contribución Territorial
Las personas que deben pagar el impuesto por un inmueble elegible en Pamplona pueden reducir un 50% su Contribución Territorial por instalaciones renovables registradas que abastezcan su vivienda o los locales participantes.
La bonificación reduce la cuota íntegra de la Contribución Territorial: el importe del impuesto municipal sobre los inmuebles antes de aplicar bonificaciones. Cubre el autoconsumo térmico o eléctrico de energía solar u otras energías renovables. En instalaciones individuales se aplica únicamente a la referencia catastral de la vivienda; las instalaciones eléctricas compartidas deben cumplir los requisitos de autoconsumo colectivo indicados a continuación.
El periodo original de disfrute comprende los tres periodos impositivos siguientes al registro de la instalación, fecha que la ordenanza considera su legalización. Puedes solicitarla antes de que termine ese periodo, pero la regla específica de energías renovables establece efectos desde el periodo impositivo siguiente a la solicitud. Solicitarla tarde no inicia un nuevo periodo de tres años.
Debes seguir cumpliendo los requisitos en los periodos futuros después de obtener la bonificación. Las reglas fiscales generales prevén normalmente que un beneficio solicitado empiece el año siguiente, sin cubrir años anteriores. También recogen una excepción si lo solicitas antes de que sea definitivo el cálculo del impuesto realizado por el Ayuntamiento y cumplías los requisitos cuando nació la obligación tributaria (devengo). Estas reglas generales solo se aplican cuando la ordenanza particular no establece una regla propia. La bonificación por energías renovables fija expresamente efectos desde el periodo siguiente a la solicitud; no cuentes con recuperar años anteriores mediante una solicitud tardía.
Requisitos
- Debes ser la persona obligada a pagar el impuesto por el inmueble elegible en Pamplona (sujeto pasivo) y estar al corriente de pago con el Ayuntamiento de Pamplona.
- La instalación debe contar con licencia municipal o, cuando corresponda, con una declaración responsable presentada. Tus rentas, excluidas las exentas, no pueden superar cuatro veces el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Para el autoconsumo individual se utiliza el SMI vigente en el ejercicio de la declaración o liquidación de IRPF o de la justificación de rentas presentada.
- Las instalaciones de producción de calor deben incluir colectores homologados por la administración competente. No se bonifican las instalaciones obligatorias según la normativa aplicable.
- Para el autoconsumo eléctrico compartido debes estar asociado a una instalación fotovoltaica colectiva. En inmuebles en propiedad horizontal, la instalación debe abastecer a todos o algunos pisos o locales, y no únicamente a los elementos comunes. Solo pueden beneficiarse los pisos y locales vinculados a la instalación.
Cómo solicitarla
- Estado
- Abierto continuamente
- Condiciones de la convocatoria
- Solicita la bonificación antes de que terminen los tres periodos impositivos originales posteriores al registro; produce efectos desde el periodo siguiente, dentro del periodo original restante.[^c1][^c4]
Presenta al Ayuntamiento de Pamplona una solicitud de bonificación de la Contribución Territorial por energías renovables mediante su registro electrónico, usando la instancia general y un sistema admitido de identificación y firma electrónica.
Adjunta el certificado y los registros de la instalación debidamente diligenciados y, cuando corresponda, la documentación de puesta en servicio en alta tensión. Para instalaciones fotovoltaicas necesitas el registro de la instalación de baja o alta tensión (BT/AT) y el Registro de Autoconsumo de Navarra.
Aporta la declaración o liquidación del IRPF del último ejercicio cuyo plazo de presentación haya terminado. Si no tienes obligación de presentarla, justifica las rentas percibidas en el ejercicio anterior a la solicitud. En los supuestos en que el área gestora permita la comprobación de oficio, la autorización preceptiva sustituye al documento acreditativo. Para autoconsumo colectivo, adjunta también el acuerdo de reparto con dirección del inmueble, código del punto de suministro eléctrico (CUPS), coeficiente de reparto y firma de todos los propietarios.
El envío electrónico admite un máximo de 8 MB. Guarda el justificante del registro: si no lo recibes, el Ayuntamiento no ha recibido la solicitud y debes volver a presentarla.