Bonificación del impuesto de obras por autoconsumo renovable
Los contribuyentes que instalen sistemas renovables no obligatorios para autoconsumo en Pamplona pueden reducir un 90% el impuesto de obras correspondiente a esos sistemas.
La bonificación reduce el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) por sistemas de energía solar térmica, solar eléctrica u otras energías renovables para autoconsumo. Se aplica exclusivamente a la parte del impuesto correspondiente a la instalación renovable elegible, aunque el proyecto incluya otras obras.
El ICIO es normalmente el 5% del coste de ejecución material de las obras. Este es el coste real de construcción o instalación e incluye los elementos del proyecto que forman parte de las obras y no tienen singularidad o identidad propia respecto de ellas. No incluye IVA ni impuestos análogos, tasas y otros cargos municipales, honorarios profesionales, beneficio empresarial del contratista ni otros conceptos ajenos a la ejecución material. La reducción del 90% se aplica a la cuota del impuesto correspondiente, no al precio de la instalación. El impuesto se devenga al comenzar las obras, aunque no se haya obtenido la licencia o presentado la declaración exigida.
Requisitos
- Las obras deben realizarse dentro de Pamplona y estar sujetas a licencia municipal, declaración responsable o comunicación previa.
- Puede ser contribuyente una persona física o jurídica, herencia yacente, comunidad de bienes u otra unidad económica sin personalidad jurídica que soporte el coste de las obras. Se presume que lo soporta el propietario del inmueble, salvo que se acredite fehacientemente ante el Ayuntamiento que otra persona o entidad es dueña de las obras. Si otra persona solicita la licencia, presenta la declaración o comunicación, o ejecuta las obras, actúa como sustituto del contribuyente y puede reclamarle el impuesto pagado.
- Solo se bonifican los sistemas renovables cuya instalación no sea obligatoria según la normativa técnica aplicable. Las instalaciones para producir calor deben incluir colectores con la homologación de la Administración competente.
- Si el presupuesto incluye otras obras, desglose por separado el coste de la instalación renovable y el de las demás actuaciones.
- Las bonificaciones del artículo 8 del ICIO no se acumulan. Si solicita varias y cumple sus requisitos, se aplica únicamente la de mayor porcentaje.
Cómo solicitarla
- Estado
- Abierto continuamente
- Condiciones de la convocatoria
- Presente la solicitud de bonificación y sus justificantes junto con la solicitud de licencia de obras o la declaración responsable.
Presente al Ayuntamiento de Pamplona la solicitud de bonificación y sus justificantes junto con la solicitud de licencia de obras o la declaración responsable. Es una vía permanente vinculada a esa presentación, no una convocatoria anual independiente. Para presentar electrónicamente, utilice el registro electrónico municipal con el formulario correspondiente o la instancia general, adjunte los documentos y firme con un sistema de identificación electrónica admitido. Conserve el justificante de registro: sin él, el Ayuntamiento no ha recibido la solicitud.
Para licencias de tramitación abreviada o licencias comunicadas, acompañe la solicitud con el impreso municipal de autoliquidación y el justificante de pago o una solicitud de aplazamiento debidamente registrada. La declaración responsable o comunicación previa también debe ir acompañada de esa autoliquidación y del justificante de pago o solicitud registrada de aplazamiento. En los demás casos, la Administración tributaria municipal emite una liquidación provisional. El pago del impuesto no supone la concesión de la licencia.
El cálculo inicial se basa en el presupuesto presentado, visado por el colegio profesional cuando sea obligatorio; en otro caso, los técnicos municipales estiman el coste del proyecto. Si el Ayuntamiento acepta una modificación del proyecto que aumenta el presupuesto, se practica una liquidación complementaria.
Dentro de los tres meses siguientes a la terminación o recepción provisional de las obras, declare su finalización y el coste real. Adjunte una certificación del director facultativo, visada por el colegio profesional, y las facturas u otros justificantes de coste cuando proceda. Si se necesita tramitar la puesta en funcionamiento de una actividad o la primera utilización u ocupación, la documentación puede presentarse con esa solicitud de licencia, declaración o comunicación. La declaración es obligatoria aunque no se haya presentado autoliquidación inicial ni el Ayuntamiento haya requerido el pago. Si cambia el sujeto pasivo durante las obras, la liquidación final se practica a quien lo sea en la fecha de terminación. Las obras se consideran terminadas cuando están listas para su uso previsto sin nuevas actuaciones materiales. La liquidación definitiva exige o devuelve la diferencia respecto del impuesto inicial pagado. El Ayuntamiento puede pedir más justificantes de coste y rectificar las liquidaciones, con intereses o sanciones cuando corresponda.