RENOINN: ayudas al autoconsumo colectivo con consumidores vulnerables
Ayudas para autoconsumo colectivo solar o eólico con almacenamiento en España, compartiendo electricidad con hogares beneficiarios del bono social.
El programa 4 de RENOINN financia generación solar o eólica compartida con almacenamiento eléctrico. La instalación abastece a un grupo de consumidores en régimen de autoconsumo colectivo según el Real Decreto 244/2019, con o sin excedentes vertidos a la red.
El IDAE concede subvenciones a fondo perdido en concurrencia competitiva. La ayuda solicitada se calcula mediante módulos de generación y almacenamiento: importes fijos por unidad de potencia instalada o capacidad de almacenamiento, con los límites del programa. No puede superar el gasto subvencionable; las bases también fijan un límite de 30 millones de euros por empresa y proyecto de inversión. En la segunda convocatoria, el módulo de almacenamiento solo se aplica al almacenamiento electroquímico admisible; el almacenamiento hidráulico recibe 0 euros por kWh.
Requisitos
- Pueden solicitarla personas jurídicas públicas o privadas válidamente constituidas e inscritas. También sus agrupaciones, aunque carezcan de personalidad jurídica propia; sus integrantes son beneficiarios. Los miembros vinculados jurídicamente al beneficiario conforme a sus estatutos pueden realizar las actividades subvencionadas en su nombre y por su cuenta. Pueden participar las comunidades de propietarios reguladas por la Ley de Propiedad Horizontal. Se excluye la Administración General del Estado.
- En la segunda convocatoria, la potencia mínima es de 100 kWp de potencia pico fotovoltaica o 100 kW de potencia eólica. Se pueden agrupar instalaciones del mismo beneficiario y tecnología, cada una de potencia estrictamente superior a 15 kWp o 15 kW, hasta alcanzar al menos 100 kWp o 100 kW. Cada instalación debe cumplir por separado los requisitos técnicos.
- Al menos el 10% de los consumidores asociados deben ser consumidores vulnerables beneficiarios del bono social según la normativa vigente. Deben tener asignado al menos el 10% de la energía prevista de la instalación. El número calculado se redondea a la unidad y siempre debe incluir al menos un consumidor vulnerable. Mantén tanto el número de consumidores vulnerables como su energía asignada durante al menos cinco años, junto con la actividad y el destino subvencionado de los bienes.
- La instalación debe conectarse a la red, a la red interior de un consumidor o a la instalación de enlace de un edificio sujeto a la Ley de Propiedad Horizontal, y destinarse a autoconsumo colectivo. El proyecto debe estar en España.
- Incluye al menos 0,5 kWh de almacenamiento eléctrico por kW de generación. Solo recibe ayuda la capacidad de hasta 5 kWh por kW; se permite más capacidad sin ayuda para el exceso. Al menos el 75% de la energía anual del almacenamiento debe proceder de generación renovable directamente conectada. Se excluye el almacenamiento de plomo-ácido. Debe tener una garantía mínima de cinco años que cubra al menos el 70% de la capacidad de carga y descarga, soporte técnico en la UE y cumplir las normas europeas de protección de datos y ciberseguridad. En fotovoltaica, la potencia nominal total de los inversores no puede superar la potencia pico de los módulos.
- Solicita la ayuda antes de iniciar la inversión. Las bases consideran inicio la publicación de los pliegos de licitación para la contratación pública y, para personas jurídicas privadas, el primer compromiso firme de adquisición de equipos que haga irreversible la inversión. Los trabajos preparatorios para permisos y estudios de viabilidad pueden ser anteriores.
- Debes estar al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, respetar los plazos legales de pago comercial que te sean aplicables y no incurrir en las prohibiciones para recibir subvenciones. Se excluyen empresas en crisis, solicitantes con condenas firmes por los delitos ambientales indicados en los cinco años anteriores o sanciones firmes por infracciones ambientales muy graves en los tres años anteriores.
- No causes un perjuicio significativo al medio ambiente y realiza las evaluaciones ambientales que correspondan. Al menos el 70% en peso de los residuos no peligrosos de construcción y demolición debe prepararse para reutilización, reciclaje u otra recuperación de materiales, excluido el material natural de la categoría 17 05 04. Si el proyecto implica demolición, debe ser selectiva. Los subcontratistas deben cumplir estos requisitos ambientales.
- Puedes combinar otras ayudas públicas nacionales respetando el coste del proyecto y los límites aplicables de ayudas de Estado. Son incompatibles otras ayudas de la UE para la misma finalidad. Comunica inmediatamente al IDAE otras ayudas solicitadas o concedidas para el proyecto, antes de justificar los fondos.
El incumplimiento de las condiciones puede provocar la pérdida del derecho al cobro o el reintegro de la ayuda.
Cómo solicitarla
- Estado
- cerrada
- Abre
- Cierra
- Condiciones de la convocatoria
- Segunda convocatoria, cerrada. El plazo terminó a las12:00, hora peninsular.
La segunda convocatoria cerró el 19 de febrero de 2026 a las 12:00, hora peninsular. Consulta la página de RENOINN del IDAE para futuras convocatorias. El promotor presenta una única solicitud para toda la actuación en la sede electrónica del IDAE; los consumidores asociados no presentan solicitudes individuales. Utiliza la guía y los formularios de la convocatoria con el certificado electrónico correspondiente.
La participación exige normalmente una garantía de 20.000 euros por MW para asegurar que el proyecto se ejecute según lo acordado. Constitúyela mediante aval (la garantía de un tercero) o seguro de caución ante la Caja General de Depósitos. Las comunidades de propietarios y otras entidades sin personalidad jurídica están exentas de esta garantía de participación.
Las exenciones legales también incluyen a las administraciones públicas admisibles, sus organismos vinculados o dependientes, las sociedades mercantiles estatales y las fundaciones del sector público estatal y las entidades análogas autonómicas y locales. Incluyen a las entidades exentas por ley de presentar garantías ante las administraciones públicas y a las entidades no lucrativas y sus federaciones, confederaciones o agrupaciones que desarrollen proyectos o programas de acción social y cooperación internacional. También están exentas las ayudas inferiores a 3.000 euros, con la salvedad aplicable a solicitantes domiciliados fuera de España sin establecimiento permanente en el país: deben constituir garantía si no son órganos consultivos de la Administración española. El anticipo opcional tiene requisitos de garantía separados.
En la segunda convocatoria, las actuaciones deben finalizar el 30 de junio de 2030. La finalización exige el certificado eléctrico correspondiente, el registro de la solicitud de autorización de explotación o puesta en servicio cuando sea preceptiva, el acuerdo de reparto de energía entre autoconsumidores y el proyecto o memoria técnica presentado a la autoridad autonómica. Justifica la actuación en los tres meses siguientes al vencimiento del plazo máximo de ejecución, incluyendo la acreditación de que los consumidores vulnerables asociados reciben el bono social.
Informa semestralmente de los datos operativos reales, los gastos y el avance de la actuación. Conserva los documentos justificativos para las comprobaciones. El IDAE abona definitivamente la subvención tras verificar la ejecución y el gasto subvencionable. Los cambios que afecten a las condiciones técnicas, económicas o de plazo aprobadas requieren una solicitud motivada al IDAE antes de que termine el plazo de ejecución y la aprobación de una resolución modificada. Deben responder a circunstancias sobrevenidas y excepcionales, mantener la finalidad y los compromisos ambientales y no aumentar la subvención. No necesitan autorización los trasvases entre conceptos subvencionables cuyos incrementos no superen el 20%, se compensen con reducciones en otros conceptos, estén motivados y no alteren la valoración del proyecto ni la ayuda total.